La llegada del Papa León XIV a la Argentina, programada del 8 al 11 de noviembre de 2026, incluye tres jornadas especiales que afectan la actividad laboral. El lunes 9 de noviembre se declara feriado nacional y el trabajo realizado ese día genera una paga doble; los días martes 10 y miércoles 11 son considerados no laborables, pero solo en determinadas jurisdicciones.

Calendario de jornadas especiales

  • Lunes 9 de noviembre – Todo el país – feriado nacional.
  • Martes 10 de noviembre – CABA y Córdoba – jornada no laborable.
  • Miércoles 11 de noviembre – Provincia de Buenos Aires – jornada no laborable.

Pago doble para el feriado nacional

La normativa vigente, en su artículo 166 de la Ley de Contrato de Trabajo, establece que el trabajador que preste servicios en un feriado nacional tiene derecho a su salario habitual más un adicional del 100 %. Por ejemplo, un empleado con remuneración diaria de $40.000 recibiría $80.000 por la jornada trabajada el 9 de noviembre.

Jornadas no laborables y su remuneración

El artículo 167 diferencia los feriados nacionales de los días no laborables. En estos últimos, el empleador puede decidir si mantiene la actividad; si lo hace, el trabajador percibe únicamente su salario ordinario, sin el recargo del 100 %.

Quiénes cobran el doble

Solo los empleados que trabajen el lunes 9 bajo la condición de feriado nacional en todo el territorio argentino recibirán la remuneración doble. Los que laboren el martes 10 en CABA o Córdoba, o el miércoles 11 en la Provincia de Buenos Aires, cobrarán su salario habitual sin el adicional.

En los próximos días, las empresas deberán ajustar sus planillas de pago de acuerdo a estas disposiciones y garantizar que los empleados conozcan sus derechos para evitar conflictos laborales.